Residencia y trabajo por cuenta ajena por 440 €, entera online.
La autorización inicial la impulsa la empresa que quiere contratarte en España. Llevamos el expediente con el empleador, con cada etapa visible en el portal.
Residencia y trabajo por cuenta ajena por 440 €, entera online.
La autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena (régimen general, arts. 72 a 79 del Reglamento de Extranjería) es el circuito de contratación desde el extranjero: la solicita el empleador en España, y el trabajador, en el circuito ordinario, recoge después su visado en el consulado de su país y obtiene la TIE al llegar. Por eso este expediente tiene 7 fases y dos protagonistas.
La contratación debe encajar en la situación nacional de empleo — típicamente a través del Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura — y el contrato debe respetar el convenio aplicable. Si ya vives en España sin autorización, esta NO es tu vía: mira el arraigo o la modificación desde estudios.
Última revisión: septiembre de 2026 · Precio leído en vivo del catálogo
Residencia y trabajo por cuenta ajena: los datos que deciden tu caso.
- Qué es
- Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena del régimen general.
- Quién la solicita
- El empleador en España, no el trabajador.Sin una empresa que firme el contrato y aporte su documentación no hay expediente que presentar.
- Dónde se pide
- La autorización, ante la Oficina de Extranjería en España; el visado, en el consulado del país de residencia del trabajador.
- Dónde está el trabajador
- En el circuito ordinario, fuera de España.Si ya vives en España sin autorización, esta no es tu vía: el arraigo o la modificación desde estudios sí lo son.
- La puerta de entrada
- Que la situación nacional de empleo permita la contratación, normalmente por el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura.
- ¿Permite trabajar?
- Sí, pero solo después: con la autorización concedida, el visado recogido y el alta en la Seguridad Social.
- Fases del expediente
- 7: las cinco estándar más el visado consular y la TIE tras la entrada.
- Tasas oficiales
- 790-052 (trabajador) y 790-062 (empleador, escala según salario).Se abonan aparte a la Administración; las cuantías se detallan en el expediente.
Residencia y trabajo por cuenta ajena: para quién es, y para quién no.
Es tu trámite si…
- Una empresa en España quiere contratarte y está dispuesta a aportar su documentación.
- Vives fuera de España y podrías acudir al consulado de tu país de residencia a recoger el visado.
- El puesto que te ofrecen encaja en una ocupación del Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, o la empresa puede acreditar otro supuesto.
- Puedes acreditar la cualificación profesional que el puesto exige y no tienes antecedentes penales.
No es tu trámite si…
- Ya vives en España y no tienes autorización de residencia: este circuito parte de que el trabajador está fuera.
- No hay empresa concreta detrás: sin contrato firmado por un empleador no existe este trámite.
- Estás estudiando en España y has terminado tu titulación — eso es una modificación, y se pide sin salir del país.
- El puesto es de alta cualificación y salario elevado: puede convenirte más la vía de profesional altamente cualificado o la Tarjeta Azul de la Unión Europea.
440 €, y lo sabes antes de contratar.
Revisión documental, montaje del expediente, presentación y seguimiento hasta la resolución.
Tasa 790-052: 10,94 € la paga la persona trabajadora. La 790-062, epígrafe 3.2.1, la paga el empleador: 203,84 € si el salario es inferior a dos veces el SMI y 407,71 € si lo iguala o supera (Orden PJC/617/2025, vigente a septiembre de 2026).
al contratar, para abrir tu expediente y empezar a preparar la documentación.
cuando presentemos tu solicitud ante la Administración.
Sin intereses ni recargos: es el mismo precio repartido. Lo pides desde tu expediente y una persona del equipo te escribe en menos de 24 horas laborables para confirmarlo contigo.
No hay consulta previa de pago para saber cuánto cuesta, ni presupuesto a medida. El precio es este y está publicado.
Casi nadie publica el precio.
De los despachos digitales de extranjería revisados en septiembre de 2026, solo uno publica precio y permite contratar online. El resto te pide llamar, o pagar una consulta previa para decirte cuánto cuesta el trámite.
Leído en vivo del catálogo que lo cobra. Las tasas oficiales van aparte en ambos casos.
Residencia y trabajo por cuenta ajena: lo que tienes que acreditar.
Una empresa que impulse el expediente
El solicitante es el empleador, no tú. La empresa aporta CIF, escritura de constitución, acreditación del representante legal y una memoria descriptiva del puesto. Es lo que más veces detiene el trámite: no por mala fe, sino porque nadie le dijo a la empresa la lista exacta desde el primer día.
Requisito 1 de 6Que la situación nacional de empleo permita la contratación
La vía habitual es que la ocupación figure en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura de la provincia donde está el puesto. El catálogo se actualiza periódicamente y no es igual en todas las provincias, así que se comprueba antes de abrir nada: descubrirlo después de firmar el contrato es perder meses.
Requisito 2 de 6Contrato con condiciones de convenio
El contrato debe prever actividad continuada durante la vigencia de la autorización y respetar como mínimo el convenio colectivo aplicable al puesto y a la provincia. Un salario por debajo de convenio no se corrige con una carta de intenciones: se corrige reescribiendo el contrato antes de presentar.
Requisito 3 de 6Solvencia del empleador acreditada
Impuesto sobre Sociedades, declaraciones de IVA, vida laboral de la empresa y certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. La Administración comprueba que la empresa puede sostener el puesto que ofrece; una empresa recién constituida necesita preparar esa acreditación con más cuidado, no menos.
Requisito 4 de 6Cualificación del trabajador y antecedentes penales
Se acredita la cualificación que el puesto exige — titulación, colegiación u homologación si la profesión está regulada — y se aportan los antecedentes penales del país o países de residencia previa. Los certificados extranjeros necesitan traducción jurada y legalización o apostilla, y caducan pronto: se piden cuando el resto del expediente ya está encaminado.
Requisito 5 de 6Recogida del visado en plazo
Concedida la autorización, el trabajador dispone de 1 mes desde la notificación para solicitar el visado en el consulado de su país de residencia. Es un plazo corto y del que depende todo lo anterior: conviene tener el pasaporte vigente y los desplazamientos previstos antes de que llegue la resolución.
Requisito 6 de 6¿Encaja tu caso?
Marca lo que cumples. No se envía nada ni te pedimos datos: el resultado es solo para ti.
Esto es una orientación, no una resolución: la concesión depende de la Administración y del expediente completo.
Residencia y trabajo por cuenta ajena: los documentos que necesitas.
Es la lista completa. Si te falta alguno, el expediente no se presenta — y esa es precisamente la parte que evita que te lo devuelvan.
Empresa (protagonista del expediente)
Trabajador
Fuente oficial del trámite: Hoja informativa 12 del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y artículos 72 a 79 del RD 1155/2024. boe.es
Todo online, y sabiendo siempre por dónde va.
Sin oficina a la que ir, sin llamadas de teléfono y sin esperar a que alguien te diga en qué punto está tu expediente: lo ves tú, cuando quieras.
Desde donde estés
Preparas el expediente entero desde tu país, desde el móvil. Montamos y revisamos toda la documentación online; lo único presencial es lo que exige el consulado.
Etapa por etapa, sin perderte nada
Ves en qué fase está tu expediente, qué documento falta y cuál ya está revisado. Cada cambio queda registrado con su fecha, así que no dependes de que alguien te devuelva la llamada para saber cómo vas.
Tus dudas, con quien lleva tu caso
Preguntas desde tu propio expediente y te responde el equipo de extranjería que lo está tramitando — no un número de WhatsApp que puede dejar de contestar. Cada actuación queda escrita y con nombre.
Nada se presenta a medias
El expediente no sale hasta estar completo: es lo que evita que te lo devuelvan y lo que más meses ahorra. Cuando se presenta, el justificante oficial de registro aparece dentro de tu cuenta.
- Profesionales en Booka
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- Soporte
- 24/7
Residencia y trabajo por cuenta ajena: 7 etapas, y ves en cuál estás.
Solicitud de documentos
Subes tu documentación al portal. Te vamos diciendo qué falta y qué no sirve antes de que cuente el plazo.
Etapa 1 de 7Revisión interna
El equipo revisa el expediente completo antes de presentar. Es el paso que evita que te lo devuelvan.
Etapa 2 de 7Pago de tasas
Abono de las tasas oficiales del procedimiento, directamente a la Administración, con el justificante en tu expediente.
Etapa 3 de 7Presentación
Registro de la solicitud ante el organismo competente. Ves la fecha y el justificante en tu expediente.
Etapa 4 de 7Resolución
Resolución del organismo y notificación, con los siguientes pasos explicados en tu expediente.
Etapa 5 de 7Visado en consulado
Con la resolución favorable, el visado se solicita en el consulado del país de residencia del trabajador.
Etapa 6 de 7TIE
Tras la entrada en España: alta en la Seguridad Social, cita y expedición de la tarjeta de identidad de extranjero.
Etapa 7 de 7Residencia y trabajo por cuenta ajena: cuánto tarda de verdad.
| Fase | Cuánto |
|---|---|
| Preparación con la empresa | 2 a 5 semanasLo marca la documentación fiscal y laboral del empleador, que suele ser lo último en llegar. |
| Documentos del trabajador en origen | 2 a 6 semanasAntecedentes penales, traducciones juradas y legalizaciones dependen del país, no de nosotros. |
| Revisión y presentación | Pocos díasEl expediente no se presenta hasta estar completo. |
| Resolución de la Oficina de Extranjería | Plazo legal de 3 mesesEs el plazo legal, no una previsión: cada oficina lleva su propio ritmo. |
| Solicitud del visado en el consulado | 1 mes desde la notificación de la concesiónPlazo legal para pedirlo. La fecha de la cita y la tramitación las fija cada consulado. |
| Entrada, alta en la Seguridad Social y TIE | Tras la entrada en EspañaEl alta debe hacerse antes del inicio de la actividad; la TIE se pide después, con su cita y su tasa. |
De las siete fases, dos no las controla nadie de este lado: la resolución de Extranjería y la agenda del consulado, que varía por país. Prometer fechas ahí sería mentir. Lo que sí está en nuestra mano es que la empresa aporte lo que le toca a la primera y que el expediente entre completo.
Residencia y trabajo por cuenta ajena: lo que hace que te devuelvan el expediente.
Dar por hecho que la ocupación está en el catálogo
Lo que te cuesta
Si la situación nacional de empleo no permite la contratación, la solicitud no prospera por mucho que el contrato sea impecable. Se comprueba antes, contra el catálogo de la provincia concreta del puesto.
Vender este trámite a quien ya está en España sin autorización
Lo que te cuesta
El circuito ordinario parte de que el trabajador está en el extranjero y recoge el visado en su consulado. Presentar desde aquí es abrir un expediente inviable y perder el tiempo que sí tenía otra vía — arraigo o modificación.
Contrato con jornada o salario por debajo del convenio
Lo que te cuesta
Motiva requerimiento de subsanación o denegación. Rehacer el contrato después obliga a repetir firmas y, a veces, la gestión de la oferta de empleo entera.
La empresa aporta su documentación a plazos
Lo que te cuesta
Falta un certificado de estar al corriente, llega el requerimiento y el expediente se detiene semanas con el puesto sin cubrir. Por eso se le pide a la empresa la lista completa el primer día, no cuando ya se está montando.
Antecedentes penales o titulaciones sin legalizar
Lo que te cuesta
Un documento extranjero sin traducción jurada ni apostilla se tiene por no aportado. Es la causa de subsanación más frecuente del expediente y la más evitable.
Dejar pasar el mes para pedir el visado
Lo que te cuesta
La autorización concedida puede quedar sin efecto si el visado no se solicita dentro del plazo desde la notificación. Todo el trabajo previo se pierde por una fecha de calendario.
Residencia y trabajo por cuenta ajena: lo que más se pregunta.
¿Qué necesita mi empleador para contratarme?
Su documentación de empresa (CIF, escritura, impuestos, certificados de estar al corriente), el contrato con condiciones al menos de convenio y el resultado de la gestión de la oferta de empleo. La empresa es la protagonista del expediente: sin empleador no hay trámite.
¿Qué papel juega el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura?
Es la vía habitual para que la situación nacional de empleo permita la contratación: si tu ocupación está en el catálogo de la provincia donde está el puesto, la oferta puede tramitarse. El catálogo se actualiza y no es igual en todas las provincias, así que lo comprobamos antes de abrir el expediente, no después.
¿Puedo solicitarla estando ya en España?
La inicial por cuenta ajena tiene reglas propias sobre dónde debe encontrarse el trabajador y, en general, está sujeta a la situación nacional de empleo. Cuéntanos el caso: si tu vía real es otra — arraigo, modificación desde estudios — te lo decimos antes de abrir nada.
¿Por qué este trámite tiene 7 fases?
A las cinco fases estándar del expediente se suman dos posteriores a la resolución: el visado en el consulado del país del trabajador y, tras la entrada en España, el alta en la Seguridad Social y la TIE.
Mi empleador no quiere líos de papeles. ¿Qué le digo?
Que aporta su documentación una vez y con una lista cerrada. Nosotros montamos, presentamos y seguimos el expediente, y tanto la empresa como tú veis el estado en el portal. El coste está publicado antes de contratar, sin presupuesto previo.
¿Quién paga las tasas, la empresa o yo?
Están repartidas por norma: la 790-052 corresponde al trabajador y la 790-062 al empleador, con una escala según el salario del puesto. Se abonan directamente a la Administración y te decimos cuál toca y cuándo dentro del expediente.
¿Cuánto tiempo tengo para pedir el visado una vez me la conceden?
1 mes desde la notificación de la concesión, en el consulado de tu país de residencia. Es un plazo legal corto: conviene tener el pasaporte en vigor y la cita prevista antes de que llegue la resolución.
¿Puede venir mi familia conmigo?
No en este expediente. La familia va por la reagrupación familiar, que se inicia desde España una vez resides aquí y exige acreditar vivienda adecuada y medios económicos. Son dos trámites distintos, con su propio coste y su propio calendario.
Mi título es extranjero. ¿Necesito homologarlo?
Depende de la profesión. Si es una profesión regulada en España, la habilitación se acredita con la homologación o el reconocimiento del título, y ese es un expediente aparte ante el ministerio competente. Puede avanzar en paralelo al de extranjería: son organismos distintos.
¿Qué pasa si la Oficina de Extranjería deniega?
La resolución corresponde a la Administración y nadie puede garantizarla. Si llega una denegación, te explicamos el motivo concreto y qué opciones existen — recurso o nueva solicitud —, que son trámites distintos con su propio coste.
¿Puedo pagarlo en dos veces?
Sí, sin intereses ni recargos: el total es idéntico lo pagues de una vez o en dos. La primera mitad abre tu expediente y pone en marcha la revisión de tus documentos; la segunda se paga cuando presentamos tu solicitud ante la Administración — si no hemos presentado, no la pagas. Lo pides desde tu expediente y una persona del equipo te lo confirma en menos de 24 horas laborables.
¿Las tasas oficiales están incluidas en el precio?
No: los honorarios de Booka cubren revisión, montaje, presentación y seguimiento. Las tasas se pagan directamente a la Administración y te decimos cuáles son y cuándo tocan dentro de tu expediente.
¿Cómo sé que esto no es una estafa?
Tres pruebas comprobables: el precio está publicado antes de que pagues, el pago es online con factura, y la segunda mitad solo se cobra cuando tu solicitud está presentada, con el justificante oficial de registro visible en tu expediente. Ningún intermediario informal te ofrece esas tres pruebas.
La autorización inicial nace con una vigencia limitada y hay que renovarla antes de que caduque; bajo el reglamento vigente la tarjeta renovada pasa a 4 años. Una vez residiendo y trabajando en España, también se abre la reagrupación de tu familia si cumples los requisitos de vivienda y medios.
Renovación de residencia y trabajoTrámites relacionados
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Los honorarios de Booka corresponden exclusivamente a la gestión profesional del expediente y no incluyen tasas oficiales, que se abonan aparte a la administración. La concesión de cualquier autorización depende en exclusiva de la administración competente y del cumplimiento de los requisitos legales por parte del solicitante. La información de esta página es orientativa, está sujeta a cambios normativos y no constituye asesoramiento jurídico individualizado.