La homologación de un título de Medicina extranjero en España es el trámite que convierte tu titulación de origen en el título español de Licenciado o Graduado en Medicina, y es lo que te habilita para ejercer. Sin ella no puedes colegiarte ni firmar como médico en el sistema sanitario español.

Esta guía cubre el proceso completo bajo el Real Decreto 889/2022: qué documentos necesitas, cuánto tarda realmente cada fase y qué ocurre después de la resolución.

Homologación, equivalencia y reconocimiento: no son lo mismo

Los tres términos aparecen mezclados en foros y gestorías, pero designan procedimientos distintos:

ProcedimientoQué reconoceHabilita para ejercer
HomologaciónEquipara tu título al título español correspondienteSí, para profesiones reguladas
Equivalencia de nivelReconoce el nivel académico (grado, máster, doctorado)No
Reconocimiento de cualificacionesVía específica para titulaciones de la Unión EuropeaSí, por vía automática o general

Para Medicina, si tu título es de fuera de la Unión Europea, la vía es la homologación. Si tu título es de un país de la UE, el procedimiento aplicable es el reconocimiento de cualificaciones profesionales, que es más rápido porque existe armonización de la formación médica.

Documentación exigida

El expediente se presenta ante el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. La documentación básica es:

  1. 1
    Título de Medicina

    original, con apostilla de La Haya o legalización consular según el país emisor.

  2. 2
    Certificado académico oficial

    con las asignaturas, las horas o créditos de cada una y las calificaciones obtenidas.

  3. 3
    Programa formativo

    o plan de estudios sellado por la universidad, que describa el contenido de cada asignatura.

  4. 4
    Traducción jurada

    al español de todo documento que no esté originalmente en español, hecha por traductor habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.

  5. 5
    Documento de identidad

    en vigor.

  6. 6
    Justificante de pago

    de la tasa correspondiente.

El punto que más expedientes retrasa no es el título sino el programa formativo. El ministerio compara tu carga lectiva con la del grado español, y un plan de estudios sin horas por asignatura suele provocar un requerimiento de subsanación que añade meses.

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El proceso, fase por fase

Fase 1 — Verificación del título en origen

Antes de presentar nada conviene confirmar que la universidad emisora reconoce el título y que consta en el registro nacional del país de origen. El Verifier Agent contacta directamente con la institución y devuelve la confirmación documentada, normalmente en 5 a 15 días.

Esto evita el escenario peor: presentar un expediente completo y descubrir meses después que hay una discrepancia en el registro de origen.

Fase 2 — Legalización y traducción

La cadena depende del país:

  • Países del Convenio de La Haya (Colombia, México, Perú, Argentina, Chile, Ecuador, entre otros): basta la apostilla emitida por la autoridad competente del país de origen.
  • Países fuera del Convenio: legalización por vía diplomática, que exige el paso por el ministerio de exteriores del país emisor y por el consulado español.

La traducción jurada se hace después de la legalización, porque la apostilla también debe traducirse.

Plazo típico: 2 a 4 semanas si los documentos están disponibles.

Fase 3 — Presentación y seguimiento

El expediente se presenta por vía electrónica. A partir de ahí el ministerio puede:

  • Resolver favorablemente la homologación.
  • Condicionar la homologación a la superación de medidas compensatorias: un periodo de prácticas, una prueba de aptitud, o ambas.
  • Denegar la homologación por falta de equivalencia sustancial.

El Regulator Agent hace el seguimiento del expediente y responde a los requerimientos de subsanación dentro del plazo, que es donde más expedientes se pierden por silencio.

Fase 4 — Colegiación

La homologación no habilita por sí sola: para ejercer hay que colegiarse en el Colegio Oficial de Médicos de la provincia donde vayas a trabajar. La colegiación exige la resolución de homologación, el certificado de no inhabilitación y el alta correspondiente.

Plazos reales

FasePlazo
Verificación del título en origen5-15 días
Legalización y traducción jurada2-4 semanas
Resolución del ministerio4-6 meses
Medidas compensatorias, si se exigen6-12 meses adicionales
Colegiación1-2 semanas

El plazo legal de resolución es de seis meses desde que el expediente está completo. En la práctica el reloj empieza cuando el ministerio da por subsanada la última incidencia, no cuando presentas por primera vez.

Y después: el MIR

La homologación te habilita como médico generalista. Para ejercer una especialidad en España necesitas el título de especialista, y la vía ordinaria es el examen MIR, al que puedes presentarte una vez homologado el título de grado.

Existe también el procedimiento de reconocimiento de títulos de especialista obtenidos en el extranjero, que evalúa la formación especializada que ya hiciste. Es una vía distinta del MIR y tiene sus propios plazos y requisitos, según país receptor.

Errores que alargan el expediente

  • Presentar el certificado académico sin horas ni créditos por asignatura.
  • Apostillar el título pero no el certificado de notas.
  • Encargar la traducción antes de la apostilla, de modo que la apostilla queda sin traducir.
  • Dejar vencer el plazo de un requerimiento de subsanación.
  • Asumir que la equivalencia de nivel sirve para ejercer: no habilita para una profesión regulada.

Cómo lo hace Booka

Booka verifica el título directamente con la universidad emisora, prepara el expediente completo con la cadena de legalizaciones correcta, lo presenta ante el ministerio y responde a los requerimientos hasta la resolución. El expediente verificado queda disponible para reutilizarlo si más adelante te colegias en otra provincia o solicitas licencia en otro país.

Los plazos y requisitos concretos dependen del país emisor del título y del país receptor.

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