Reconoce tu título de Traducción en España
Traducción e Interpretación NO es profesión regulada en España: tu título se reconoce por equivalencia al Grado. Y si tu meta es el examen de Traductor Jurado del Ministerio de Exteriores, la titulación reconocida es requisito — este expediente es tu primer paso. Todo por 176 €.
Lo que corresponde legalmente a tu título
El título de Traducción e Interpretación extranjero se reconoce en España mediante la declaración de equivalencia al nivel de Grado. La traducción "generalista" no está regulada — cualquiera puede ejercerla — pero la figura del Traductor-Intérprete Jurado sí es un nombramiento oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores, y para presentarte a su examen necesitas titulación universitaria reconocida.
Si trabajas para agencias y clientes privados, no necesitas reconocimiento del título. La equivalencia es la llave de tres puertas: el examen de Traductor Jurado del MAEC (que exige título universitario español o reconocido), las oposiciones a cuerpos de traductores de la administración, y los másteres oficiales de traducción especializada. Curiosamente, la traducción jurada de tu propio expediente no puedes hacerla tú: debe firmarla un traductor jurado nombrado en España.
- Tasa oficial 790-107
- 166,50 €
- Plazo legal de resolución
- 6 meses
- Tramitación telemática
- 100%
Qué documentos exige tu expediente
El Document Agent revisa cada pieza contra los requisitos de Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades antes de presentar — un expediente que entra bien a la primera es la mejor defensa contra los meses extra de subsanaciones.
- Documento acreditativo de identidad y nacionalidad (pasaporte o NIE)
- Título oficial, legalizado con Apostilla de La Haya (exenta para UE/EEE/Suiza)
- Certificación académica con duración de los estudios, asignaturas cursadas y carga horaria o créditos, con sello y firma de la universidad (pensum en Colombia/Venezuela, kardex en México, certificado analítico en Argentina)
- Traducción jurada al castellano del título y de la certificación académica
- Justificante del pago de la tasa 790-107
Tasa oficial: 166,50 € (modelo 790-107)
La tasa del procedimiento es de 166,50 €, código 107, y se paga con el modelo 790-107. Es la misma para homologación y para equivalencia. Ojo: la tasa 790-079 que citan muchas webs corresponde a estudios NO universitarios — pagarla por error paraliza tu expediente.
Si pagas desde fuera de España, la transferencia va a la cuenta del Ministerio (IBAN ES16 9000 0001 2002 5310 8022, BIC ESPBESMMXXX) y las comisiones bancarias corren por tu cuenta: si llegan menos de 166,50 €, el expediente se detiene. Nosotros verificamos el importe exacto antes de presentar.
La tasa no se devuelve si la solicitud resulta inadmitida, caducada o denegada — otra razón para presentar el expediente bien a la primera.
¿Y el visado? También te acompañamos
El reconocimiento del título es la mitad del viaje. Cuando toque el visado — de trabajo, de estudios o de residencia — el Visa Agent te guía y lo gestionamos con partners de confianza especializados en cada destino, con tu expediente académico ya resuelto. Los requisitos migratorios dependen del país receptor.
Fuentes oficiales
Todo lo que lees en esta página se basa en la normativa oficial vigente. Compruébalo tú mismo en las fuentes primarias:
Tú aportas los documentos. Nosotros hacemos el resto.
Reunimos tu expediente
Recopilamos tu título, la certificación académica con asignaturas y créditos, y tu documento de identidad. El Document Agent revisa que cada pieza cumpla el formato que exige la sede electrónica.
Apostilla y traducción jurada
Coordinamos la Apostilla de La Haya en tu país de origen y la traducción jurada al castellano de título y certificación. Los ciudadanos UE/EEE/Suiza están exentos de apostilla.
Presentación telemática
Presentamos la solicitud en la sede electrónica del Ministerio, pagamos la tasa 790-107 (166,50 €) y registramos el expediente. La tramitación es exclusivamente telemática.
Seguimiento hasta resolución
El Regulator Agent monitoriza el estado del expediente y respondemos a cualquier requerimiento de subsanación. El plazo legal de resolución es de 6 meses.
Empieza tu homologación
- Análisis previo de viabilidad de tu expediente
- Coordinación de apostilla / legalización y traducción jurada
- Preparación y presentación completa de la solicitud
- Seguimiento del expediente hasta la resolución
- Respuesta a requerimientos y subsanaciones
- Acompañamiento en visados con partners de confianza
Las tasas oficiales del organismo (en España, 166,50 € del modelo 790-107) se pagan aparte al organismo competente. Los plazos dependen del país receptor.
Pago seguro con Stripe. Justo después de pagar completas tu ficha y entras en tu panel de Booka — la misma cuenta te sirve en la app móvil.
Trabajar como traductor en España: agencias, instituciones y tarifas
El mercado de la traducción en España tiene tres circuitos. El primero, y el más grande, es el de las agencias y empresas de servicios lingüísticos, que trabajan con redes de traductores autónomos y pagan por palabra o por proyecto. El segundo es el de los departamentos internos: localización en empresas de software y videojuegos, traducción jurídica en despachos y multinacionales, traducción médica y farmacéutica — un nicho muy demandado y muy mal cubierto — y traducción audiovisual para plataformas. El tercero es el institucional: administraciones, organismos europeos con procesos propios, y el ejercicio como traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
El cambio de fondo del sector es la traducción automática: ha reducido el volumen de traducción pura y ha desplazado la demanda hacia la posedición, la revisión, la transcreación y la especialización técnica alta, donde la máquina no llega. Los perfiles que combinan un dominio especializado con una segunda o tercera lengua de trabajo siguen teniendo demanda estable.
Sobre dinero, hay que ser honestos: la mayoría del sector factura como autónomo por palabra o por hora, y no existe ningún baremo oficial ni colegial de tarifas en España. Para el trabajo asalariado, la referencia pública es el INE (Encuesta Anual de Estructura Salarial 2024): 29.540,26 € de ganancia media anual y 24.497,17 € de mediana entre asalariados, con el SMI 2026 en 1.221 € al mes por catorce pagas. La traducción jurada, por su parte, se factura a criterio de cada profesional: el Ministerio nombra a los jurados pero no fija sus precios.
Las cifras de mercado de esta página son orientativas y proceden de las fuentes públicas citadas en el texto. No son una oferta, ni una garantía, ni una previsión de ingresos. Booka gestiona el reconocimiento de credenciales y el registro profesional — no somos agencia de colocación.
¿A qué título español equivale tu título de Traducción?
La equivalencia se declara al nivel de Grado en la rama de Artes y Humanidades. El título español de referencia es el Grado en Traducción e Interpretación, con variantes cercanas como el Grado en Traducción y Comunicación Intercultural o los grados en Lenguas Aplicadas de algunas universidades.
Es una de las pocas carreras de esta página donde el título extranjero suele encajar casi punto por punto con el español, porque los planes de traducción comparten estructura en casi todos los países: lenguas B y C, traducción especializada, terminología, documentación e interpretación. Lo que cambia es la combinación de idiomas, y eso no afecta a la resolución de nivel.
Cómo se llama tu carrera de Traducción en tu país
En Colombia y Perú es habitual Traducción e Interpretación. En México, Licenciatura en Lenguas Modernas, Licenciatura en Traducción o Licenciatura en Idiomas, con cédula profesional. En Venezuela se emite Licenciado en Idiomas Modernos, que es la denominación local dominante. En Argentina el título característico es Traductor Público — un título con efectos profesionales propios en el país — junto a Traductorado y Licenciatura en Traducción, con certificado analítico.
Cuidado con el Traductor Público argentino: aunque sea un título habilitante allí, no equivale automáticamente al nombramiento español de traductor-intérprete jurado, que tiene su propia vía.
Traducción libre y traducción jurada: dos cosas distintas
La traducción en general no es profesión regulada en España: cualquiera puede ejercerla, no hay colegiación obligatoria y por tanto no hay prueba de conjunto ni carencias formativas que subsanar en tu expediente.
Lo que SÍ está regulado es la figura del Traductor-Intérprete Jurado, un nombramiento del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación que habilita para firmar traducciones con validez oficial. La equivalencia de tu título es el requisito de titulación para poder presentarte a ese examen, y sin ella no puedes ni inscribirte por mucha experiencia que acredites.
Lo que la equivalencia NO hace es nombrarte jurado ni convalidar un nombramiento equivalente de tu país: el nombramiento español se obtiene por examen o por las vías que prevé su propia normativa. Y una ironía que descubren todos los traductores que tramitan con nosotros: las traducciones juradas que exige tu propio expediente no puedes firmarlas tú, deben ir firmadas por un jurado ya nombrado en España.
Después de la equivalencia: examen de Traductor Jurado y especialización
El destino natural es el examen de Traductor-Intérprete Jurado que convoca el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Es un proceso exigente, con prueba de lengua castellana, traducción directa e inversa sin diccionario y prueba de interpretación, y las convocatorias no son anuales para todos los idiomas. El nombramiento, una vez obtenido, no caduca y abre un mercado con demanda estable: expedientes de extranjería, procedimientos judiciales, notarías y, precisamente, homologaciones.
En paralelo, la equivalencia da acceso a los másteres oficiales de traducción especializada — jurídica, médica, audiovisual, localización — y a los procesos de traducción de la administración pública. Si tu meta son las instituciones europeas, sus oposiciones tienen requisitos propios de titulación y de idiomas comunitarios que conviene revisar por separado.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo presentarme al examen de Traductor Jurado con mi título extranjero?
El examen del Ministerio de Asuntos Exteriores exige titulación universitaria de Grado española o extranjera con reconocimiento oficial — exactamente lo que la declaración de equivalencia te da. Sin ella, no puedes inscribirte en la convocatoria por más experiencia que acredites.
¿Las traducciones juradas de mi expediente puedo hacerlas yo mismo?
No — aunque seas traductor profesional. Las traducciones juradas que exige el procedimiento deben estar firmadas por un Traductor-Intérprete Jurado nombrado por el MAEC español (o venir legalizadas por vía consular). Nosotros trabajamos con jurados nombrados para todos los idiomas habituales del expediente.
¿Cuánto gana un traductor en España?
La mayoría del sector trabaja por cuenta propia y factura por palabra o por proyecto, sin ningún baremo oficial ni colegial de tarifas. Para el empleo asalariado, la referencia pública es el INE (Encuesta Anual de Estructura Salarial 2024): 29.540,26 € de media anual y 24.497,17 € de mediana, con el SMI 2026 en 1.221 € mensuales por catorce pagas. La traducción jurada y la especializada de alta exigencia se pagan mejor que la traducción general.
¿Necesito el título reconocido para trabajar con agencias de traducción?
No. Las agencias contratan por prueba de traducción, combinación de idiomas y especialidad. El reconocimiento del título es imprescindible únicamente para el examen de Traductor Jurado del Ministerio de Asuntos Exteriores, para oposiciones y para másteres oficiales.
¿Puedo presentarme al examen de jurado mientras tramito la equivalencia?
Debes cumplir el requisito de titulación en el momento que exija la convocatoria, así que lo prudente es tener la resolución antes de que se publique. Como el plazo legal de resolución del expediente es de 6 meses, empezar cuanto antes es literalmente lo que decide si llegas o no a la siguiente convocatoria de tu idioma.
¿Cuánto tarda la homologación en España en 2026?
El plazo legal de resolución es de 6 meses desde que el expediente está completo (RD 889/2022). La experiencia de los solicitantes apunta a plazos superiores al legal según el volumen de expedientes; el Ministerio no publica tiempos medios oficiales. Un expediente bien presentado, sin requerimientos de subsanación, es la mejor forma de no añadir meses extra.
¿Necesito Apostilla de La Haya y traducción jurada?
Sí, salvo excepciones. El título debe ir legalizado con la Apostilla de La Haya de tu país de origen (los ciudadanos de la UE, EEE y Suiza están exentos) y tanto el título como la certificación académica necesitan traducción jurada al castellano. Nosotros coordinamos ambas cosas dentro del servicio.
¿Puedo iniciar el trámite desde mi país, sin estar en España?
Sí. La tramitación es exclusivamente telemática a través de la sede electrónica del Ministerio, y la tasa puede pagarse por transferencia internacional. No necesitas estar en España ni tener cita presencial en ningún momento del procedimiento.
¿Qué hace exactamente Booka y qué hago yo?
Tú nos entregas tus documentos; nosotros hacemos el resto: verificamos el expediente en origen con el Verifier Agent, coordinamos apostilla y traducción jurada, presentamos la solicitud telemática, pagamos la tasa y seguimos el expediente hasta la resolución, respondiendo a cualquier requerimiento del Ministerio.
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