# Visado de movilidad de alumnos

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> Última revisión: 2026-09-14

El visado de movilidad de alumnos cubre a menores de edad que vienen a España dentro de un programa de intercambio o proyecto educativo con un centro oficialmente reconocido. Lo solicita el padre, la madre o el tutor legal en el consulado del país de residencia, y el pasaporte del alumno debe tener al menos 1 año de vigencia.

El expediente reúne dos bloques: el del menor y su familia (autorización notarial incluida) y el del programa — carta de admisión, seguro, tutor designado en España con su certificado de delitos sexuales.

- **Honorarios de Booka:** 350 €
- **Tasas oficiales:** Tasa de visado consular: varía por país y se detalla en el expediente. Se paga directamente al consulado.
- **Dónde se solicita:** Se solicita en el consulado de tu país de residencia. Lo solicita el representante legal del menor en el consulado del país de residencia.

## De un vistazo

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| Qué es | Autorización de estancia por movilidad de alumnos, para cursar en España educación secundaria dentro de un programa reconocido. |
| Para quién | Alumnos menores de edad admitidos en un programa de intercambio o proyecto educativo de un centro oficialmente reconocido. |
| Quién firma la solicitud | Quien ejerce la patria potestad o la tutela del menor, no el propio alumno. |
| Dónde se pide | En el consulado de España del país donde reside el menor. (No se solicita desde España: si la familia ya reside aquí, la vía que corresponde es otra.) |
| Pasaporte del alumno | Debe tener una vigencia mínima de 1 año. |
| Quién acoge en España | Una familia o entidad de acogida y un tutor legal designado por acta notarial, que aporta su certificado de delitos sexuales. |
| Tasa oficial | Tasa de visado consular, variable por país. (Se paga directamente al consulado; el importe se detalla en el expediente, no se publica aquí.) |

## Para quién es

**Es tu trámite si:**

- El alumno es menor de edad y ha sido admitido en un programa de intercambio o proyecto educativo de un centro reconocido en España.
- Quien firma la solicitud ejerce la patria potestad o la tutela y puede otorgar el acta notarial de autorización.
- El menor reside hoy fuera de España y la solicitud se presentaría en el consulado de ese país.
- Hay en España una familia o entidad de acogida y un tutor designado dispuesto a aportar su documentación.

**No es tu trámite si:**

- El alumno ya está en España y la familia busca regularizar su situación aquí: este visado se pide desde el país de residencia.
- El estudiante es mayor de edad: entonces la vía es el visado de estudios para adultos.
- No hay un programa de intercambio ni un centro reconocido detrás — este trámite existe precisamente por el programa.
- Lo que la familia quiere es trasladarse entera a España: eso son otras vías, y este visado cubre solo al alumno dentro de su programa.

Si el estudiante es mayor de edad, mira el visado de estudios: https://www.usebooka.com/es/tramites/espana/visado-de-estudios

## Requisitos

- **Programa de movilidad con un centro reconocido.** El intercambio o proyecto educativo debe estar amparado por una organización o centro oficialmente reconocido, y la carta de admisión lo acredita. Es lo que distingue esta autorización de una estancia por estudios corriente: aquí el programa responde del alumno mientras esté en España.
- **Autorización de quien ejerce la patria potestad o tutela.** El expediente incluye un acta notarial en la que quienes ejercen la patria potestad autorizan el desplazamiento del menor y designan a su tutor legal en España. Es el documento que más tiempo consume y el que más se subestima: exige notario, y en muchos países también legalización o apostilla y traducción jurada.
- **Tutor y entidad de acogida en España.** Debe haber una familia o entidad responsable del menor durante el programa, y el tutor designado aporta su documento de identidad y su certificado de delitos sexuales. Es un requisito de protección del menor, no un trámite formal, y por eso no admite sustitutos ni declaraciones genéricas.
- **Pasaporte con al menos 1 año de vigencia.** La ficha oficial del trámite exige que el pasaporte del alumno tenga una vigencia mínima de 1 año. Es la comprobación de treinta segundos que evita el viaje en balde: si queda menos, se renueva antes de presentar, no después de que lo señale el consulado.
- **Medios económicos y origen de los fondos.** Se aporta certificado bancario y documentación que acredite de dónde vienen los fondos que sostienen la estancia del menor. La procedencia importa tanto como la cifra: un saldo puntual sin explicación genera más dudas de las que resuelve.
- **Seguro médico y certificado médico.** Un seguro de enfermedad con cobertura en España durante todo el programa y el certificado médico del alumno. Se revisan las condiciones del seguro antes de contratarlo, porque las pólizas de viaje corrientes se rechazan con frecuencia.

## Documentos

**Solicitante (firma su representante legal)**

- Formulario de solicitud de visado nacional
- Pasaporte del alumno: página de datos biométricos
- Fotografía
- Certificado de nacimiento
- Documento de identidad de los progenitores
- Acta notarial de autorización de los progenitores y designación del tutor legal
- Certificado bancario
- Documentación acreditativa del origen de los fondos
- Certificado médico

**Documentación del programa**

- Carta de admisión al programa de movilidad
- Seguro médico
- Documento de identidad del tutor legal
- Certificado de delitos sexuales del tutor legal
- Justificante del pago de la matrícula (opcional)
- Documento acreditativo del alojamiento (opcional)

## Etapas del expediente

1. **Solicitud de documentos.** Subes tu documentación al portal. Te vamos diciendo qué falta y qué no sirve antes de que cuente el plazo.
2. **Revisión interna.** El equipo revisa el expediente completo antes de presentar. Es el paso que evita que te lo devuelvan.
3. **Pago de tasas.** Abono de las tasas oficiales del procedimiento, directamente a la Administración, con el justificante en tu expediente.
4. **Presentación.** Registro de la solicitud ante el organismo competente. Ves la fecha y el justificante en tu expediente.
5. **Resolución.** Resolución del organismo y notificación, con los siguientes pasos explicados en tu expediente.

## Plazos

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| Admisión en el programa | Lo marca el calendario del programa | Sin carta de admisión no arranca el expediente. |
| Acta notarial y documentos de la familia | 2 a 6 semanas | Notaría, legalización o apostilla y traducción jurada dependen del país de residencia. |
| Documentación del tutor en España | 1 a 3 semanas | Incluye el certificado de delitos sexuales, que lo pide el propio tutor. |
| Revisión y montaje del expediente | Pocos días | Se prepara contra la lista del consulado que corresponde al menor. |
| Presentación en el consulado | Antes del inicio del programa | La Hoja informativa 3 no fija una antelación mínima; la disponibilidad de cita la marca cada consulado. |
| Resolución del consulado | Variable por consulado | No publicamos plazos consulares: la decisión y sus tiempos corresponden al consulado. |

El calendario real de este trámite lo marcan tres cosas que no dependen de nosotros: el programa, la notaría del país de origen y la agenda del consulado. Por eso no prometemos fechas de visado ni de cita. Lo que sí se planifica es empezar por el acta notarial, que es la pieza lenta, y presentar con el expediente completo dentro de la antelación exigida.

## Errores frecuentes

- **Dejar el acta notarial para el final** — Entre notaría, legalización y traducción jurada puede irse varias semanas. Es la pieza que más veces hace llegar tarde al inicio del programa.
- **Presentar con el pasaporte del alumno a punto de caducar** — La vigencia mínima exigida es de 1 año. Un pasaporte más corto obliga a renovarlo y volver a empezar la cita, con el programa ya con fechas cerradas.
- **Dar por hecho que este visado sirve para instalar a la familia en España** — Cubre al alumno dentro de su programa, con acogida en España. Plantearlo como vía de traslado familiar lleva a un expediente que no responde a lo que la familia quiere.
- **Programa o centro sin reconocimiento oficial acreditado** — Sin ese respaldo la solicitud carece de la base del trámite. Se comprueba antes de reunir un solo documento.
- **Tutor designado sin certificado de delitos sexuales** — Es un requisito de protección del menor y no se subsana con una declaración. Sin él, el expediente no está completo.
- **Empezar con el programa ya encima** — A la antelación mínima de la norma hay que sumar la cita consular, que varía por país. El curso arranca y el alumno no puede viajar.

## Después

La autorización cubre el periodo del programa. Si el alumno quiere continuar estudios superiores en España al cumplir la mayoría de edad, la vía deja de ser esta y pasa a ser el visado de estudios para adultos, con sus propios requisitos de admisión, medios y seguro.: https://www.usebooka.com/es/tramites/espana/visado-de-estudios

## Preguntas frecuentes

**¿La pido yo o el colegio?**

La solicita el padre, la madre o el tutor legal; el centro o la organización del programa aporta la carta de admisión y la matrícula. Nosotros montamos el expediente con lo que aporta cada parte.

**¿Quién firma la solicitud si el alumno es menor de edad?**

Quien ejerce la patria potestad o la tutela, con un acta notarial que autoriza el desplazamiento y designa al tutor legal en España. Ese tutor aporta su documento de identidad y su certificado de delitos sexuales.

**¿Con cuánta antelación hay que pedirlo?**

La Hoja informativa 3 no fija una antelación mínima para este trámite: manda el calendario del programa y la agenda de citas del consulado, que en temporada alta va con semanas de espera. Lo que sí es un requisito es que el pasaporte del alumno tenga al menos 1 año de vigencia.

**¿Puede la familia acompañar al alumno?**

Este visado cubre al alumno dentro de su programa, con una familia o entidad de acogida en España. El desplazamiento de la propia familia va por otras vías — te decimos cuál encaja si es vuestro plan.

**El alumno ya está en España. ¿Sirve este trámite?**

No: esta autorización se solicita en el consulado del país donde reside el menor, antes de viajar. Si el alumno ya se encuentra en España, cuéntanos la situación concreta y te decimos qué vía corresponde, sin abrir un expediente que no tiene recorrido.

**¿Qué tiene que hacer el tutor designado en España?**

Aceptar la designación que consta en el acta notarial y aportar su documento de identidad y su certificado de delitos sexuales. Es un requisito de protección del menor: no se sustituye por una declaración ni por una carta de la familia de acogida.

**¿Cuánto tarda conseguir el acta notarial?**

Depende del país: entre la cita con el notario, la legalización o apostilla y la traducción jurada pueden irse varias semanas. Es la pieza lenta del expediente, así que es lo primero que ponemos en marcha.

**¿Qué medios económicos hay que acreditar?**

Certificado bancario y documentación que explique el origen de los fondos que sostienen la estancia del menor. La procedencia pesa tanto como la cifra, y por eso se prepara con documentos verificables y no con un saldo puntual.

**¿Y si el consulado deniega el visado?**

La resolución depende del consulado y nadie puede garantizarla. Si llega una denegación, te explicamos el motivo concreto y las opciones — recurso o nueva solicitud —, que son trámites distintos con su propio coste.

**¿Qué pasa con los datos del menor?**

El expediente contiene datos de un menor y se trata como tal: documentación cifrada en el portal, acceso limitado al equipo que lleva el caso y ningún dato personal fuera del expediente. Quien firma es quien ejerce la patria potestad o la tutela, y es quien ve y autoriza cada paso.

**¿Puedo pagarlo en dos veces?**

Sí, sin intereses ni recargos: el total es idéntico lo pagues de una vez o en dos. La primera mitad abre tu expediente y pone en marcha la revisión de tus documentos; la segunda se paga cuando presentamos tu solicitud ante la Administración — si no hemos presentado, no la pagas. Lo pides desde tu expediente y una persona del equipo te lo confirma en menos de 24 horas laborables.

**¿Las tasas oficiales están incluidas en el precio?**

No: los honorarios de Booka cubren revisión, montaje, presentación y seguimiento. Las tasas se pagan directamente a la Administración y te decimos cuáles son y cuándo tocan dentro de tu expediente.

**¿Cómo sé que esto no es una estafa?**

Tres pruebas comprobables: el precio está publicado antes de que pagues, el pago es online con factura, y la segunda mitad solo se cobra cuando tu solicitud está presentada, con el justificante oficial de registro visible en tu expediente. Ningún intermediario informal te ofrece esas tres pruebas.

## Fuente oficial

Fuente oficial del trámite: Hoja informativa 3 del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, actualizada en noviembre de 2025.: https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/hojas-informativas

## Qué incluyen los honorarios

Revisión documental, montaje del expediente, presentación y seguimiento hasta la resolución.

## Aviso

Los honorarios de Booka corresponden exclusivamente a la gestión profesional del expediente y no incluyen tasas oficiales, que se abonan aparte a la administración. La concesión de cualquier autorización depende en exclusiva de la administración competente y del cumplimiento de los requisitos legales por parte del solicitante. La información de esta página es orientativa, está sujeta a cambios normativos y no constituye asesoramiento jurídico individualizado.
